La inscripción de modificaciones societarias en el Registro Mercantil es el procedimiento mediante el cual una empresa formaliza y hace públicas las cambios importantes que afectan a su estructura, funcionamiento o datos esenciales.
En otras palabras, cuando una sociedad cambia algo en sus estatutos, en su capital, o en su administración, debe inscribir esa modificación en el Registro Mercantil para que tenga validez legal y efectos frente a terceros.
¿Qué son las modificaciones societarias?
Son cambios relevantes aprobados por los socios o accionistas que afectan a los datos inscritos originalmente en el Registro Mercantil.
Algunos ejemplos comunes son:
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Cambio de domicilio social
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Cambio de objeto social (actividades que desarrolla la empresa)
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Ampliación o reducción de capital social
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Cambio en los administradores o en la forma de administración
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Transformación de la sociedad (por ejemplo, de S.L. a S.A.)
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Fusión, escisión o disolución
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Modificación de los Estatutos Sociales (cualquier punto de ellos)
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Cambio del ejercicio social o reparto de beneficios
Pasos para inscribir una modificación societaria
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Acuerdo de la Junta General
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La modificación debe ser aprobada por los socios o accionistas en Junta General (ordinaria o extraordinaria).
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Se levanta un acta donde conste el acuerdo adoptado.
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Elevación a escritura pública
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El acuerdo se eleva a escritura pública ante notario, quien redacta la escritura de modificación.
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Debe incluir los nuevos Estatutos o el artículo modificado.
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Presentación en el Registro Mercantil
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La escritura se presenta en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social de la empresa.
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Se acompaña la certificación del acuerdo, el NIF de la sociedad y el justificante del pago del Impuesto sobre Operaciones Societarias (en los casos en que proceda).
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Calificación e inscripción
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El Registrador Mercantil revisa (califica) que todo cumpla la ley.
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Si es correcto, se inscribe la modificación en los libros del Registro.
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Desde ese momento, la modificación tiene efectos frente a terceros (publicidad legal).
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Publicación en el BORME
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Finalmente, el Registro publica un anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), dando publicidad oficial al cambio.
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Plazos importantes
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La escritura debe inscribirse normalmente en el plazo de dos meses desde que se otorgó.
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Hasta que no se inscribe, la modificación no tiene efectos legales frente a terceros, aunque sea válida internamente entre los socios.
Ejemplo práctico
Una sociedad limitada decide cambiar su domicilio social:
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La Junta General aprueba el cambio.
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Se firma una escritura ante notario con el nuevo domicilio.
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Se presenta la escritura al Registro Mercantil.
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El Registrador la inscribe y lo publica en el BORME.
Desde ese momento, el nuevo domicilio es oficial y figura en todos los documentos mercantiles.
Coste de la inscripción en el Registro Mercantil
El coste de la inscripción en el Registro Mercantil es de 550€ + IVA.
Solicitud de inscripción en el Registro
A continuación puede hacer la solicitud online y no desplazarse al Registro:
- Recopile la documentación indicada.
- Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
- Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
- Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.
Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario: