Registro de Bienes Muebles de Burgos


Registro de Bienes Muebles de Burgos

El Registro de Bienes Muebles de Burgos, que es un registro público de carácter jurídico, no administrativo, esencialmente electrónico, de ámbito provincial, a cargo de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, que depende del ministerio de Justicia a través de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Este registro tiene por objeto la publicidad de los derechos reales derivados de actos y contratos relativos a bienes muebles. Es un registro de titularidades y gravámenes y también se publican en él las condiciones generales de la contratación.


Trámites con el Registro de Bienes Muebles de Burgos

Solicitar Nota Simple de Vehículo


Contacto

  • Dirección: Pl. de España, 3, 7º A, 09005 Burgos
  • Teléfono: 947 25 57 46

Horario de apertura del Registro de Bienes Muebles de Burgos

El Registro de Bienes Muebles de Burgos estará abierto al público a todos los efectos, incluido el de presentación de documentos, de lunes a viernes desde las nueve a las diecisiete horas, salvo el mes de agosto y los días 24 y 31 de diciembre en que estará abierto desde las nueve hasta las catorce horas.


El Registro de Bienes Muebles de Burgos

En los últimos años se ha producido un paulatino aumento de la importancia económica de los bienes muebles, lo que conlleva en la práctica a que cada vez sea mayor el número de operaciones de financiación para la adquisición de  los mismos, a cargo normalmente de entidades financieras, que buscan asegurar el riesgo crediticio con la garantía del propio bien, lo que demanda la existencia de un Registro jurídico en el que se inscriban los bienes y garantías constituidas, asegurando así su efectiva realización.

En el Registro de Bienes Muebles de Burgos se inscriben todos los bienes muebles identificables y las garantías impuestas sobre los mismos (reservas de dominio, hipotecas, prendas, arrendamientos, leasing, renting…).

Toda la información contenida en el Registro de Bienes Muebles de Burgos es pública, según lo dispuesto en la legislación registral mobiliaria. Sin embargo, a diferencia del Registro Mercantil, donde se puede consultar una empresa sin tener ningún tipo de vinculación con ella, para consultar el Registro de Bienes Muebles es necesario acreditar un interés legítimo, que será calificado por el registrador. En cualquier caso, gozan de interés legítimo las personas que hayan intervenido en la relación contractual inscrita.

El contenido del Registro de Bienes Muebles de Burgos se hace público a través de la certificación o de la nota simple informativa. La nota simple no surte efecto respecto de terceros, es decir, sólo tiene carácter informativo y no sirve de prueba fehaciente. La certificación es el único medio fehaciente de acreditar un determinado contenido registral frente a terceros. Pueden solicitarse literales o en relación, si bien la certificación literal tiene carácter excepcional. La certificación registral sólo se expide en virtud de solicitud firmada por el interesado o de mandamiento judicial o administrativo.


Funcionamiento del Registro de Bienes Muebles de Burgos

El Registro de Bienes Muebles de Burgos está integrado por siete secciones:

  1. Buques y aeronaves.
  2. Automóviles y otros vehículos de motor.
  3. Maquinaria industrial, establecimientos mercantiles y bienes de equipo.
  4. Otras garantías reales.
  5. Otros bienes muebles registrables.
  6. Registro de condiciones generales de la contratación.
  7. Obras y grabaciones audiovisuales.

De todas ellas, la sección 2ª es quizás  la más conocida, por cuanto en ella se inscriben, entre otros, los contratos de venta a plazos, leasing, renting  y cualesquiera contratos, anotaciones de embargo, demanda o prohibición de disponer  de automóviles y otros vehículos de motor.

En la misma, y con el  fin de evitar la inmatriculación de vehículos inexistentes, o la constitución de cargas sobre bienes no pertenecientes a quien las constituye o a la persona contra la que se ha seguido el procedimiento, los registradores utilizan como elemento auxiliar de calificación el sistema de conexión informática con el Registro de Vehículos de la DGT (cuya finalidad es el control administrativo de la titularidad de los vehículos) pudiendo fundar su negativa a inscribir en la existencia de titularidades contradictorias obrantes en el Registro de Vehículos, aunque siempre teniendo presente que la presunción de existencia y titularidad del derecho sólo deriva de los asientos del Registro de Bienes Muebles de Burgos.


Reserva de dominio: ¿qué es y cómo eliminarla?

La reserva de dominio es una cláusula incluida en algunos contratos de compraventa de vehículos. Con ella, la titularidad del coche es de la entidad financiera. ¿Sabes cómo te afecta?

La reserva de dominio es una cláusula que contienen muchos contratos de compraventa de vehículos y que se incluye casi de manera automática en ellos. Con esta figura jurídica, la entidad financiera mantiene la titularidad del bien y lo inscribe en el Registro de Bienes Muebles de Burgos, mientras que el comprador del vehículo no será su propietario hasta que haya pagado todos los plazos. Con esta cláusula, el propietario no tiene plenos derechos sobre el bien adquirido, aunque sí que puede usarlo con total libertad.

Si bien esta cláusula se suele incluir de manera automática en los contratos de compraventa de vehículos, no ocurre lo mismo con su anulación. Una vez pagado el 100% del vehículo, el comprador debe encargarse de cancelar la reserva de dominio. En caso contrario, pese a que la deuda esté saldada, la reserva de dominio seguirá dándole la titularidad del bien a la empresa financiera, lo que será un problema si en un futuro se desea vender, regalar o dar de baja el vehículo.

¿Cómo anular la reserva de dominio?

La cláusula de reserva de dominio es una gran desconocida para muchos usuarios que financian la compra de un vehículo. No saben que su contrato la incluye y por eso, cuando terminan de pagar todos los plazos no hacen el trámite para anularla.

El descubrimiento de su existencia tiene lugar cuando inician los trámites de venta del vehículo o si quieren darlo de baja. Al no ser legalmente los titulares del vehículo, no pueden realizar esas gestiones sin antes anular dicha cláusula.


El Registro de Bienes Muebles de Burgos: garantía de la financiación empresarial

La finalidad del Registro de Bienes Muebles de Burgos es, primordialmente, dar seguridad jurídica a la financiación mobiliaria que, de esa forma, reduce sus costes de transacción. La financiación de los bienes muebles es básica para el funcionamiento de las pequeñas y medianas empresas, que para poder utilizar bienes muebles sin inmovilizar el capital social acuden a tres figuras fundamentales: adquisición a plazos, arrendamiento financiero (leasing) o al arrendamiento (renting).

La venta a plazos

La venta a plazos de bienes muebles está regulada en la Ley 28/1998 de 13 de julio, que la define diciendo que “se entenderá por venta a plazos el contrato mediante el cual una de las partes entrega a otra una cosa muebles corporal y esta se obliga a pagar por ella un precio cierto de forma total o parcialmente aplazada en tiempo superior a tres meses desde la perfección del mismo”.

El leasing o arrendamiento financiero

Las operaciones de arrendamiento financiero, según la Ley, son aquellas operaciones, que cualquiera que sea su denominación, consistan en el arrendamiento de bienes de equipo, capital productivo y vehículos adquiridos exclusivamente para dicha finalidad, por empresas constituidas en la forma prevista en la Ley y según las especificaciones señaladas por el futuro usuario. Al igual que en la venta de bienes a plazo, son los vehículos, tanto de turismo como industriales, los que durante los últimos años han hecho crecer exponencialmente el número de estas operaciones.


Registro de Condiciones Generales de la Contratación

Desde la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, ha cobrado gran actualidad la Sección 6ª relativa al Registro de Condiciones Generales de la Contratación; se trata de un registro de carácter jurídico , llevado bajo el sistema de folio personal, es decir, por entidades predisponentes, que tiene por objeto la publicidad de las condiciones generales de la contratación así como las resoluciones judiciales sobre su eficacia, y su procedimiento es totalmente telemático. Dicha norma ha modificado entre otros, los apartados 2 y 4 del art.11 de la Ley 7/1998 de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación, con dos importantes novedades:

  • Obligatoriedad del depósito de los modelos de los préstamos y créditos hipotecarios por parte de los prestamistas antes de empezar su comercialización, el cumplimiento de esta exigencia legal es imprescindible con carácter previo al otorgamiento de las escrituras de préstamo, siendo objeto de comprobación por  los registradores de la propiedad antes de practicar la inscripción. El depósito se realiza telemáticamente mediante el uso de la firma electrónica cualificada.
  • Remisión obligatoria al Registro de las sentencias firmes dictadas en acciones colectivas o individuales por las que se declare la nulidad, cesación o retratación en la utilización de condiciones generales abusivas.

Esta sección de Condiciones generales de la contratación puede consultarse gratuitamente aquí.


 

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